Una amiga mía perdió a su padre en un accidente de tráfico hace diez días. Una mujer que visitó a la familia les dijo que la esposa del difunto no debe salir de la casa por un período de cuatro meses y diez días en cualquier condición, y que está escrito en el Corán. ¿Es verdad?
Allah el Todopoderoso ordena lo siguiente con respecto a la situación de las mujeres cuyo marido murió:
«Y si alguno de vosotros muere y deja esposas, estas deberán permanecer, sin casarse, un período de cuatro meses y diez días; luego, una vez cumplido su plazo, no seréis responsables por lo que hagan consigo mismas, en forma honorable. Y Dios está bien informado de todo lo que hacéis. «(Sura 2. Al-Baqara (La Vaca) 234)
Las mujeres cuyo marido murió tienen que esperar por un período de cuatro meses y diez días según este versículo. Esas mujeres no pueden casarse antes del final de ese período de espera. La prohibición está limitada a esto solamente; no hay otra prohibición que casarse.
Las mujeres a quienes se les pide que se queden en casa son las que están divorciadas por sus maridos. Además, «esperar en la casa» significa «no salir de esa casa». Pero Salir de la casa para cualquiera de sus necesidades es legal para las mujeres dentro del período de espera, en otras palabras solo se queda en esa casa durante el termino cuál tiene que estar de luto, es decir, quedarse en la casa donde murió su marido y no salir de la misma, excepto por necesidad.
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