¿Qué familiares nos están prohibidos para casarse de acuerdo al Islam?
Hay 3 tipos de parentesco que hacen que el matrimonio sea ilegal:
a- Parentesco de sangre: un hombre no puede casarse con sus parientes cercanos siguientes: madre, abuela, hija propia, propia nieta, hermana, hija / nieta de hermana, hija / nieta de hermano, hermana de padre y hermana de la madre.
b- Familiares por matrimonio: a un hombre se le prohíbe eternamente casarse con la madre y la abuela de la mujer con la que se casó. Es lo mismo para la hermana y la nieta de su esposa con quien tuvo relaciones sexuales. Las esposas de su padre, abuelo, hijo y nieto también están eternamente prohibidas para él. Estas relaciones y prohibiciones permanecen, aunque la esposa fallezca o se divorcien.
c- Parentesco con la leche: la mujer que amamantó a una persona hasta los dos años y su esposo y sus hijos y otros niños a los que ella crió se convierten en parientes de esa persona mediante la lactancia. Aunque hay algunas excepciones, a una persona se le prohíbe casarse con las mujeres a las que se relaciona mediante la lactancia, al igual que a las que se le prohíbe por parentesco de sangre. Por ejemplo, una persona no puede casarse con su hermana menor, hermana de la misma mujer que los amamantó , hermana del esposo de la Madre lactante .
Los parientes aparte de los de arriba no tienen prohibido casarse. Versos relacionados son los siguientes:
«Y NO os caséis con aquellas mujeres con las que vuestros padres han estado casados– aunque lo pasado, pasado está: esto es, en verdad, algo indecente y aborrecible, y un mal camino.
Os están prohibidas vuestras hermanas, vuestras hijas, vuestras tías paternas y maternas, las hijas de vuestro hermano y las de vuestra hermana; y vuestras madres de leche, vuestras her- manas de leche; y las madres de vuestras esposas; y vuestras hijastras que están bajo vuestra custo- dia, nacidas de esposas con las que habéis consumado vuestro matrimonio; pero si no habéis consumado vuestro matrimonio, no incurriréis en falta [casándoos con sus hijas]; y [os están prohibidas] las esposas de vuestros hijos consanguíneos; y tener a dos hermanas [por esposas] a un tiempo –aunque lo pasado, pasado está: pues, ciertamente, Dios es en verdad indulgente, dispensador de gracia.
«(Sura 4 An-Nisa’ (Las Mujeres) 22-23)
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